Portada de la "Normativa de Construcciones" sancionada por el H.C.D de Tigre |
Boletín Oficial de la
Municipalidad de Tigre Nº 715 –21 de mayo de 2014 - Pag. 4
DECRETO Nº 574/14
FECHA NORMA TEMA DIG
30-04-14 Dec 574 Por la Secretaría de Control Urbano y Ambiental
instruméntese un mecanismo participativo formal
para la recepción de opiniones y posturas ciudadanas
en relación a la reglamentación de la Ordenanza
3345/13.
Encomiéndese a la Unidad Ejecutora del Plan de
Manejo del Delta elabore el proyecto del Decreto
Reglamentario de la Ordenanza 3345/13.
Prorrógase la vigencia del Decreto 1872/13 hasta
tanto se publique la reglamentación de la Ordenanza
3345/13.
O6
TIGRE, 30 de abril de 2014.-
DECRETO Nº 574/14
FECHA NORMA TEMA DIG
30-04-14 Dec 574 Por la Secretaría de Control Urbano y Ambiental
instruméntese un mecanismo participativo formal
para la recepción de opiniones y posturas ciudadanas
en relación a la reglamentación de la Ordenanza
3345/13.
Encomiéndese a la Unidad Ejecutora del Plan de
Manejo del Delta elabore el proyecto del Decreto
Reglamentario de la Ordenanza 3345/13.
Prorrógase la vigencia del Decreto 1872/13 hasta
tanto se publique la reglamentación de la Ordenanza
3345/13.
O6
TIGRE, 30 de abril de 2014.-
31/05/2013 Los isleños se dirigen al palacio municipal desde las amarras Hugo del Carril |
VISTO:
Que el Decreto 1057/13 creó la Unidad Ejecutora del Plan de Manejo del
Delta, en adelante “UE-Plan de Manejo del Delta”, estableciendo en el artículo 4º como
función de la misma instrumentar mecanismos participativos para la discusión de las
materias a regular y reglamentar, a fin de conformar los mayores consensos posibles entre
los diversos actores,
Que conforme organigrama del Departamento Ejecutivo puesto en
vigencia por Decreto 100/14, la Secretaría de Control Urbano y Ambiental tiene a su cargo
la UE – Plan de Manejo del Delta,
Que por Decreto 905/13 se estableció un plazo, prorrogado por el Decreto
1872/13, para reglamentar la Ordenanza 3345/13 y, en consecuencia, para la entrada en
vigencia de la misma y,
CONSIDERANDO:
Que resulta importante continuar el proceso de reglamentación con el
aporte formal de opiniones y consideraciones de vecinos y toda persona física o jurídica
interesada, cuyos conocimientos y experiencia pueden resultar de gran valor,
Que en tal sentido, se entiende oportuno generar un espacio formal para la
recepción y ponderación de opiniones y posturas ciudadanas en relación al Proyecto de
reglamentación de la Ordenanza 3345/13, tal como ha ocurrido en antecedentes similares
emergentes de lo establecido por el Decreto Nacional 1172/03.
Que dicho procedimiento conlleva más tiempo que el establecido por el
Decreto 1872/13 para la entrada en vigencia de la Ordenanza 3345/13,
Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre Nº 715 –21 de mayo de 2014 - Pag. 5
Que aún considerando la demora, resulta de efecto positivo el desarrollar
este procedimiento a fin de brindar aún más elementos para la participación ciudadana
sobre la materia en cuestión,
Que el artículo 181 del Decreto Ley 6769/58, “Ley Orgánica de las
Municipalidades de la provincia de Buenos Aires”, establece que “Los Intendentes
Municipales podrán delegar, por resolución expresa, el ejercicio de facultades propias en
los secretarios, según la competencia que a ellos corresponda”
Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus
atribuciones
D E C R E T A
ARTICULO_1.- Por la Secretaría de Control Urbano y Ambiental instruméntese un
mecanismo participativo formal para la recepción de opiniones y posturas ciudadanas en
relación a la reglamentación de la Ordenanza 3345/13, formalizando expediente a tal
efecto.
ARTÍCULO 2.- Encomiéndese a la Unidad Ejecutora del Plan de Manejo del Delta
informar la finalización del proceso participativo y la evaluación consecuente, proponiendo
el texto definitivo del Decreto Reglamentario de la Ordenanza 3345/13 a los fines de su
puesta en vigencia.
ARTICULO 3.- Prorrógase la vigencia del Decreto 1872/13 hasta tanto se complete el
proceso participativo y se publique la reglamentación de la Ordenanza 3345/13.
ARTÍCULO 4.- Refrenden el presente Decreto los señores Secretarios de Gobierno y de
Control Urbano y Ambiental.
ARTÍCULO 5.- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial
de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Secretaría
de Control Urbano y Ambiental.
LRT
D3546
BO.715
21-05-14
Firmado: Julio Zamora, Intendente Municipal. Alejandro D. Chavarría, Secretario de Gobierno.
Carlos Vittor, Secretario de Control Urbano y Ambiental.
DECRETO N° 574/14
Que el Decreto 1057/13 creó la Unidad Ejecutora del Plan de Manejo del
Delta, en adelante “UE-Plan de Manejo del Delta”, estableciendo en el artículo 4º como
función de la misma instrumentar mecanismos participativos para la discusión de las
materias a regular y reglamentar, a fin de conformar los mayores consensos posibles entre
los diversos actores,
Que conforme organigrama del Departamento Ejecutivo puesto en
vigencia por Decreto 100/14, la Secretaría de Control Urbano y Ambiental tiene a su cargo
la UE – Plan de Manejo del Delta,
Que por Decreto 905/13 se estableció un plazo, prorrogado por el Decreto
1872/13, para reglamentar la Ordenanza 3345/13 y, en consecuencia, para la entrada en
vigencia de la misma y,
CONSIDERANDO:
Que resulta importante continuar el proceso de reglamentación con el
aporte formal de opiniones y consideraciones de vecinos y toda persona física o jurídica
interesada, cuyos conocimientos y experiencia pueden resultar de gran valor,
Que en tal sentido, se entiende oportuno generar un espacio formal para la
recepción y ponderación de opiniones y posturas ciudadanas en relación al Proyecto de
reglamentación de la Ordenanza 3345/13, tal como ha ocurrido en antecedentes similares
emergentes de lo establecido por el Decreto Nacional 1172/03.
Que dicho procedimiento conlleva más tiempo que el establecido por el
Decreto 1872/13 para la entrada en vigencia de la Ordenanza 3345/13,
Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre Nº 715 –21 de mayo de 2014 - Pag. 5
Que aún considerando la demora, resulta de efecto positivo el desarrollar
este procedimiento a fin de brindar aún más elementos para la participación ciudadana
sobre la materia en cuestión,
Que el artículo 181 del Decreto Ley 6769/58, “Ley Orgánica de las
Municipalidades de la provincia de Buenos Aires”, establece que “Los Intendentes
Municipales podrán delegar, por resolución expresa, el ejercicio de facultades propias en
los secretarios, según la competencia que a ellos corresponda”
Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus
atribuciones
D E C R E T A
ARTICULO_1.- Por la Secretaría de Control Urbano y Ambiental instruméntese un
mecanismo participativo formal para la recepción de opiniones y posturas ciudadanas en
relación a la reglamentación de la Ordenanza 3345/13, formalizando expediente a tal
efecto.
ARTÍCULO 2.- Encomiéndese a la Unidad Ejecutora del Plan de Manejo del Delta
informar la finalización del proceso participativo y la evaluación consecuente, proponiendo
el texto definitivo del Decreto Reglamentario de la Ordenanza 3345/13 a los fines de su
puesta en vigencia.
ARTICULO 3.- Prorrógase la vigencia del Decreto 1872/13 hasta tanto se complete el
proceso participativo y se publique la reglamentación de la Ordenanza 3345/13.
ARTÍCULO 4.- Refrenden el presente Decreto los señores Secretarios de Gobierno y de
Control Urbano y Ambiental.
ARTÍCULO 5.- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial
de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Secretaría
de Control Urbano y Ambiental.
LRT
D3546
BO.715
21-05-14
Firmado: Julio Zamora, Intendente Municipal. Alejandro D. Chavarría, Secretario de Gobierno.
Carlos Vittor, Secretario de Control Urbano y Ambiental.
DECRETO N° 574/14
Asamblea del 24 de mayo en la Escuela 12 |
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