FRAGMENTO DE LA NOTA DE FERNANDO DEL GIÚDICE PUBLICADA EN EL BOLETIN ISLEÑO DE JULIO.
Camino Ribereño Vs. Camino de
sirga:
Pretender modificar el Instituto del Camino de Sirga
por otra figura representa una expropiación encubierta. El Código Civil
en sus arts. 2639 y 2640 fija una franja de entre 35 y 15 m . destinada solo para
apoyo a la navegación comercial, salvamento y pesca comercial y NO para
otra actividad diferente e impone restricciones al propietario ribereño para
evitar conflictos entre éste y la navegación.
Analizada la jurisprudencia (antecedentes judiciales
con sentencia firme, inclusive de las supremas cortes), todos los intentos por
vulnerar este artículo (algunos producidos por provincias, otros por municipios
y otros por organismos nacionales o provinciales) dieron como resultado que se
derogue la norma que pretendía hacerse de esta franja para otros usos, es decir
que cuando se ha pretendido tergiversar esta figura legal, siempre los fallos
fueron a favor del propietario ribereño, dejando sin efecto estos intentos.
Si el Municipio de Tigre necesita de estos espacios
para el turismo (propósito sostenido a lo largo de este proyecto de ordenanza)
deberá seguir el procedimiento de la normativa vigente: 1) impulsar la sanción
de una ley nacional que declare de interés público esos 15 m . de todas las
propiedades isleñas, 2) indemnizar a todos los propietarios y 3) expropiar,
a menos que los mismos propietarios inicien lo que se denomina “expropiaciones
inversas”, a los que el municipio deberá afrontar sea por una u otra
alternativa con importantes sumas de dinero. Similar caso se dio durante la
gestión del Intendente Cacciatore de la Ciudad de Bs.As. que debió desembolsar mucho
dinero para afrontar esta obligación legal.
Otro derrotero es ilegal y afecta la propiedad
privada. Aún en el proyecto de modificación del CC en curso en el Congreso
de la Nación ,
mantiene esta figura, enfatizando aún
más el derecho a la propiedad.
Nadie está en contra del turismo, ni mucho menos, pero
si al Municipio le interesa esta franja, que pague lo que deba, pues
utiliza nuestra propiedad privada (que dicho sea de paso comienza en el
límite entre el agua y la tierra) para usos turísticos a cargo de empresas
que cobran por ello, usando nuestro terreno como si fuera propio. Es
como si en Tigre Centro el Municipio estimulara el turismo de gente que entre
por la puerta, visite el comedor, dormitorios o el baño de los propietarios
continentales. ¿Absurdo no?
USOS PARA LOS QUE FUE PENSADO EL CAMINO DE SIRGA
Una familia lugareña transita por el camino de sirga, no una horda de turistas
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